Desde el
vivir de la dinámica contable, perfectamente se da el caso en que una
determinada partida pueda ser vista de formas distintas, tal ocurre con los
instrumentos financieros los cuales pueden ser clasificados bien como pasivos o
como patrimonio, la sección 22 precisamente establece los principios para la
clasificación de los instrumentos financieros, además de tratar la
contabilización de aquellos instrumentos de patrimonio emitidos para inversores
en instrumentos de patrimonio. La sección 22 no aplica al tenedor del
activo financiero.
Partiendo de lo anterior, para lograr una
adecuada comprensión es necesario abordar la terminología que precisamente
acompañará el desarrollo de la sección 22, de manera que iniciamos un breve
recorrido:
a)-Pasivo y
Patrimonio: el primero es una obligación presente de la entidad producto de
sucesos acontecidos en el pasado por los cuales para su extinción la entidad
deberá desprenderse de recursos mientras que el patrimonio no es más que la
participación residual entre el pasivo y el activo.
b)-Instrumento
financiero: el mismo se sustenta en un contrato que dependiendo de la
participación bien sea como adquiriente, emisor o inversionista puede ser
clasificado contablemente como activo, pasivo o patrimonio.
c)-Pasivo
financiero: obligación con sustento en un contrato que compromete a la entidad
a entregar efectivo u otro activo a otra entidad, a intercambiar activos o
pasivos financieros con otra entidad, pero bajo condiciones desfavorables para
la entidad obligada; posee la particularidad de poder ser liquidado haciendo
uso de instrumentos de patrimonio de la propia entidad.
d)-Instrumento
de Patrimonio: Un instrumento de patrimonio es cualquier negocio jurídico que
evidencia, o refleja, una participación residual en los activos de la empresa
que los emite una vez deducidos todos sus pasivos.
e)-Instrumento
financiero con opción a venta: Instrumento que le da al tenedor el derecho a
devolver al emisor el instrumento a cambio de derecho u otro activo financiero
o por la ocurrencia de sucesos futuros, muerte o jubilación del tenedor.
Principios para Clasificar
los Instrumentos Financieros
En
conocimiento de la terminología iniciemos con las exigencias o características
detalladas que debe poseer el instrumento financiero para optar en la
clasificación de pasivo o patrimonio dentro de los estados financieros, la
sección 22 plantea que quien emite el instrumento financiero en el momento de
su reconocimiento inicial deberá considerar la esencia económica del acuerdo contractual;
seguido se ilustra de forma clara algunas características resaltadas en la
sección 22 para clasificar el instrumento financiero.
Ilustración
de aspectos a valorar para la clasificación
Características resaltantes
del instrumento
|
Clasificación en los
estados financieros
|
-Cuando su
liquidación está sujeta a un importe
máximo (techo)
|
Pasivo
|
-Cuando el
instrumento con opción a venta es ejercido y por la misma el tenedor tiene
derecho a un importe medido. (limitado)
|
Pasivo
|
-Cuando la
entidad se obliga a realizar pagos al tenedor del instrumento antes de la
liquidación.
|
Pasivo
|
-Cuando el
instrumento financiero tiene opción a venta y está clasificado en los estados
financieros de la subsidiaria como Patrimonio.
|
Pasivo
(desde los estados financieros consolidados del grupo)
|
-Cuando el
instrumento financiero con opción a venta es ejercido y por la misma el
tenedor recibe una participación proporcional en los activos.
|
Patrimonio
|
-El
instrumento no otorga obligación de entregar a otra entidad activos o
pasivos, es decir no existe un intercambio.
|
Patrimonio
|
-Cuando el
rendimiento esperado por el instrumento es basado en resultados esperados.
|
Patrimonio.
|
Concluyendo esta
parte, se resalta que, para definir la clasificación contable de un instrumento
financiero, principalmente la pauta es marcada por la existencia o no de una obligación
de entregar efectivo, otro activo financiero, intercambiar activos o pasivos
siempre bajo condiciones desfavorables para el emisor, estas son
características diferenciadoras en la clasificación del instrumento. Se deja
claro además que una vez realizada la clasificación del instrumento se debe
aplicar los requerimientos de la sección 11 y 12 para los pasivos financieros.
Contabilización de los
instrumentos de Patrimonio
Continuando con
el abordaje de la sección 22 pasemos a evaluar la contabilización de los
instrumentos de patrimonio, emitidos para individuos u otras partes que actúan
en calidad de propietarios.
En principio
destaca que una entidad reconoce la emisión de acciones u otros instrumentos
como patrimonio cuando recibe por estos efectivos u otros recursos a cambio; sin
embargo, el momento de recibir dicho efectivo o activos a cambio de las
acciones u otros instrumentos (el pago) puede tener diversidad en sus tiempos
de entrega para el emisor del instrumento de patrimonio, lo cual genera un
reconocimiento contable distinto en cada caso, seguido se explica:
Momento de la emisión del
instrumento y vinculo de pago
|
Forma de registro contable
|
Instrumento de
patrimonio emitido antes de recibir el efectivo o recursos.
|
La entidad
emisora del instrumento, registra el importe por cobrar como compensación al
patrimonio en el estado de situación financiera, aunque este por cobrar, no
se registra como activo.
|
Instrumento de
patrimonio emitido después de recibir el efectivo o recursos.
|
La entidad
emisora del instrumento, registra el incremento en el patrimonio en la medida
de la contraprestación recibida.
|
Instrumento de
patrimonio suscritos, no emitidos y no pagado.
|
La entidad en
estos casos no reconocerá incremento en el patrimonio.
|
Medición de los instrumentos de patrimonio
La entidad
deberá medir la emisión de los instrumentos de patrimonio al valor razonable
del efectivo u otros recursos recibidos o por recibir menos los costos directos
de emisión, en aquellos casos en los que el pago se aplace y el valor en el
tiempo del dinero sea significativo, la medición inicial se hará sobre el valor
presente.
Supuestos de Instrumentos financieros de patrimonio
-Venta de opción, derechos y certificados
de opciones para compra de acciones.
-Capitalización de ganancias o
emisiones gratuitas y división de acciones (dividendo en forma de acciones)
-Deuda convertible o instrumento
financiero compuesto. (contabilización dual, pasivo y patrimonio)
-Acciones propias de cartera.
La sección 22 de la NIIF para Pyme
es amplia y profundamente interesante, es necesario manejarla con suma atención
pues se identifica por revelar las características determinantes para que el
emisor del instrumento financiero materialice de forma correcta la ubicación
del hecho contable ocurrido mediante una adecuada contabilización. Se
recomienda visualizar los casos de estudio apéndices de la sección para una
mayor comprensión.
NIIF PARA PYMES
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